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Documento 52005HB0003

Recomendación del Banco Central Europeo, de 11 de febrero de 2005, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Banco de Portugal (BCE/2005/3)

DO C 50 de 26.2.2005, p. 6/6 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)

26.2.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 50/6


RECOMENDACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 11 de febrero de 2005

al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del Banco de Portugal

(BCE/2005/3)

(2005/C 50/06)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular, el artículo 27.1,

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales del Eurosistema son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2)

El Consejo de la Unión Europea aprobó a PricewaterhouseCoopers — Auditores e Consultores, Lda. como auditor externo del Banco de Portugal en su Decisión 1999/70/CE, de 25 de enero de 1999, relativa a los auditores externos de los bancos centrales nacionales (1).

(3)

En virtud de un cambio reciente en la legislación portuguesa, la auditoría de cuentas compete ahora exclusivamente a los revisores oficiais de contas (censores jurados de cuentas). Por ello, el Banco de Portugal considera que procede sustituir a PricewaterhouseCoopers — Auditores e Consultores, Lda. por PricewaterhouseCoopers & Associados — Sociedade de Revisores Oficiais de Contas, Lda., ya que la primera no tiene la condición de sociedad de censores jurados de cuentas. El BCE no tiene inconveniente en este cambio.

(4)

La duración del mandato del auditor externo no varía.

HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:

Se recomienda a PricewaterhouseCoopers & Associados — Sociedade de Revisores Oficiais de Contas, Lda. como auditor externo del Banco de Portugal a partir del ejercicio de 2004 por un año renovable.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 11 de febrero de 2005.

El Presidente del BCE

Jean-Claude TRICHET


(1)  DO L 22 de 29.1.1999, p. 69. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión 2004/651/CE (DO L 298 de 23.9.2004, p. 23).


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