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Documento 52006AB0014
Opinion of the Governing Council of the European Central Bank of 2 March 2006 on a recommendation from the Council of the European Union on the appointment of a member of the Executive Board of the European Central Bank (CON/2006/14)
Dictamen del Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo, de 2 de marzo de 2006 , acerca de una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el nombramiento de un miembro del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (CON/2006/14)
Dictamen del Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo, de 2 de marzo de 2006 , acerca de una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el nombramiento de un miembro del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (CON/2006/14)
DO C 58 de 10.3.2006, p. 12/12
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
10.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 58/12 |
DICTAMEN DEL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 2 de marzo de 2006
acerca de una recomendación del Consejo de la Unión Europea sobre el nombramiento de un miembro del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo
(CON/2006/14)
(2006/C 58/06)
1. |
Por carta de 15 de febrero de 2006, la Presidencia del Consejo de la Unión Europea solicitó al Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) que emitiera dictamen acerca de la Recomendación 2006/108/CE del Consejo, de 14 febrero de 2006, sobre el nombramiento de un miembro del Comité Ejecutivo del Banco Central Europeo (1). |
2. |
En dicha recomendación, que, tras ser consultada al Consejo de Gobierno del BCE y al Parlamento Europeo, se someterá a los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros que han adoptado el euro, se recomienda que el Sr. Jürgen Stark sea nombrado miembro del Comité Ejecutivo del BCE por un mandato de ocho años a contar desde el 1 de junio de 2006. |
3. |
El Consejo de Gobierno del BCE considera que el candidato propuesto es una persona de reconocido prestigio y experiencia profesional en asuntos monetarios o bancarios, según se requiere en la letra b) del apartado 2 del artículo 112 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Consejo de Gobierno del BCE no tiene inconveniente en la recomendación del Consejo de que el candidato propuesto sea nombrado miembro del Comité Ejecutivo del BCE. |
5. |
El Consejo de Gobierno del BCE ha adoptado el presente dictamen de conformidad con la letra b) del apartado 2 del artículo 112 del Tratado y con los artículos 11.2 y 43.3 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo. |
Hecho en Fráncfort del Meno, el 2 de marzo de 2006.
El presidente del BCE
Jean-Claude TRICHET
(1) DO L 47 de 17.2.2006, p. 58.