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Documento 52008AB0015

Dictamen del Banco Central Europeo, de 3 de abril de 2008 , solicitado por el Consejo de la Unión Europea, sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (CON/2008/15)

DO C 88 de 9.4.2008, p. 1/1 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 88/1


DICTAMEN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 3 de abril de 2008

solicitado por el Consejo de la Unión Europea, sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea

(CON/2008/15)

(2008/C 88/01)

Introducción y fundamento jurídico

El 19 de marzo de 2008 el Banco Central Europeo (BCE) recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen sobre una propuesta de reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (en adelante, el «reglamento propuesto»), que codifica el Reglamento (CE) no 3605/93 del Consejo, de 22 de noviembre de 1993, relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (1).

La competencia consultiva del BCE se basa en el primer guión del apartado 4 del artículo 105 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. De acuerdo con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno.

Observaciones

El BCE no tiene observaciones concretas que formular al reglamento propuesto.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 3 de abril de 2008.

El Presidente del BCE

Jean-Claude TRICHET


(1)  DO L 332 de 31.12.1993, p. 7. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2103/2005 (DO L 337 de 22.12.2005, p. 1).


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