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Documento 32015D0037

Decisión (UE) 2015/2202 del Banco Central Europeo, de 19 de noviembre de 2015, por la que se modifica la Decisión BCE/2010/23 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (BCE/2015/37)

DO L 313 de 28.11.2015, p. 42/43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 30/12/2016; derogado por 32016D0036(01)

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/2202/oj

28.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 313/42


DECISIÓN (UE) 2015/2202 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 19 de noviembre de 2015

por la que se modifica la Decisión BCE/2010/23 sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (BCE/2015/37)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 32,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión BCE/2010/23 (1) establece un mecanismo para la puesta en común y asignación de los ingresos monetarios derivados de las operaciones de política monetaria.

(2)

La Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo (BCE/2015/10) (2) dispone la creación de un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios con fines de política monetaria.

(3)

Al igual que con las adquisiciones previstas en la Decisión BCE/2009/16 (3) y en la Decisión BCE/2011/17 (4), debe considerarse que los bonos del Estado y de agencias reconocidas adquiridos en virtud de la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10) producen ingresos al tipo de referencia definido en la Decisión BCE/2010/23.

(4)

Los ingresos derivados del préstamo de instrumentos de renta fija negociables conforme a todos los programas de adquisiciones de valores relacionados con la política monetaria no deben considerarse ingresos monetarios, ya que por lo general estas operaciones no se registran en los libros de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (en lo sucesivo, «los BCN»).

(5)

Los ingresos netos derivados de swaps entre el Eurosistema y bancos centrales no pertenecientes a este deben repartirse entre los BCN como ingresos monetarios.

(6)

Por lo tanto, es preciso ajustar la composición de la base de pasivos y los activos identificables de los anexos I y II de la Decisión BCE/2010/23.

(7)

Debe modificarse en consecuencia la Decisión BCE/2010/23.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificaciones

La Decisión BCE/2010/23 se modifica como sigue:

1)

El artículo 3, apartado 1, se sustituye por el texto siguiente:

«1.   El importe de los ingresos monetarios de cada BCN se determinará midiendo los ingresos reales que resulten de los activos identificables registrados en sus libros. A modo de excepción:

a)

se considerará que el oro no produce ingresos;

b)

se considerará que producen ingresos al tipo de referencia:

i)

los valores mantenidos con fines de política monetaria conforme a la Decisión BCE/2009/16 (5),

ii)

los valores mantenidos con fines de política monetaria conforme a la Decisión BCE/2011/17 (6),

iii)

los instrumentos de renta fija emitidos por administraciones centrales y agencias reconocidas, así como sus sustitutos emitidos por sociedades no financieras públicas, mantenidos con fines de política monetaria conforme a la Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo (BCE/2015/10) (7).

(5)  Decisión BCE/2009/16, de 2 de julio de 2009, sobre la ejecución del programa de adquisiciones de instrumentos de renta fija tipo Pfandbrief (bonos garantizados) (DO L 175 de 4.7.2009, p. 18)."

(6)  Decisión BCE/2011/17, de 3 de noviembre de 2011, sobre la ejecución del segundo programa de adquisiciones de bonos garantizados (DO L 297 de 16.11.2011, p. 70)."

(7)  Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo, de 4 de marzo de 2015, sobre un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (BCE/2015/10) (DO L 121 de 14.5.2015, p. 20).»."

2)

En el anexo I, letra A, se añade el punto 8 siguiente:

«8.

Los pasivos frente al BCE que respaldan un activo referido a swaps entre el BCE y un banco central no perteneciente al Eurosistema que producen ingresos netos para este (parte de los pasivos fuera de balance).».

3)

En el anexo II, letra A, se añade el punto 10 siguiente:

«10.

Los activos frente a entidades de contrapartida de la zona del euro referidos a swaps entre el BCE y un banco central no perteneciente al Eurosistema que producen ingresos netos para este (parte de la partida 3.1 del activo del BA).».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 31 de diciembre de 2015.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 19 de noviembre de 2015.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  Decisión BCE/2010/23, de 25 de noviembre de 2010, sobre la asignación de los ingresos monetarios de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro (DO L 35 de 9.2.2011, p. 17).

(2)  Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo, de 4 de marzo de 2015, sobre un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (BCE/2015/10) (DO L 121 de 14.5.2015, p. 20).

(3)  Decisión BCE/2009/16, de 2 de julio de 2009, sobre la ejecución del programa de adquisiciones de instrumentos de renta fija tipo Pfandbrief (bonos garantizados) (DO L 175 de 4.7.2009, p. 18).

(4)  Decisión BCE/2011/17, de 3 de noviembre de 2011, sobre la ejecución del segundo programa de adquisiciones de bonos garantizados (DO L 297 de 16.11.2011, p. 70).


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