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Documento 32015D0033

Decisión (UE) 2015/2101 del Banco Central Europeo, de 5 de noviembre de 2015, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/774 sobre un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (BCE/2015/33)

DO L 303 de 20.11.2015, p. 106/107 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 15/02/2020; derog. impl. por 32020D0188

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/2101/oj

20.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 303/106


DECISIÓN (UE) 2015/2101 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 5 de noviembre de 2015

por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/774 sobre un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (BCE/2015/33)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 12.1, segundo párrafo, en relación con su artículo 3.1, primer guion, así como su artículo 18.1,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 4 de marzo de 2015, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo (BCE/2015/10) (1) por la que estableció un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (en lo sucesivo, «el PSPP»). En virtud del artículo 5, apartado 1, de la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10), las compras de los instrumentos de renta fija negociables que cumplan los criterios establecidos están sujetas a un límite inicial de cuota de emisión por número internacional de identificación de valores (código ISIN) del 25 %, el cual debía revisar el Consejo de Gobierno transcurridos los seis primeros meses de ejecución del PSPP.

(2)

El 3 de septiembre de 2015, el Consejo de Gobierno decidió en principio incrementar el límite de cuota de emisión por código ISIN del PSPP del 25 % al 33 %, siempre que se verificase en cada caso que la tenencia de un 33 % por código ISIN no llevara a los bancos centrales del Eurosistema a alcanzar minorías de bloqueo en reestructuraciones ordenadas de deuda.

(3)

El incremento previsto del límite de cuota de emisión del PSPP pretende facilitar la plena ejecución del programa, fomentando al mismo tiempo el buen funcionamiento de los mercados de los instrumentos de renta fija negociables que cumplan los criterios establecidos, y evitando que se obstaculicen las reestructuraciones ordenadas de deuda.

(4)

Por consiguiente, es preciso modificar la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificación

En el artículo 5 de la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10), el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 3, se aplicará en el PSPP un límite de cuota de emisión por número internacional de identificación de valores (código ISIN) a los instrumentos de renta fija negociables que cumplan los criterios establecidos en dicho artículo, después de consolidar las tenencias de todas las carteras de los bancos centrales del Eurosistema.

A partir del 10 de noviembre de 2015, el límite de cuota de emisión se fija en un 33 % por código ISIN. Con carácter excepcional, el límite de cuota de emisión se fija en un 25 % por código ISIN para los instrumentos de renta fija negociables y admisibles que incorporen cláusulas de acción colectiva (CAC) distintas de la CAC tipo de la zona del euro redactada por el Comité Económico y Financiero y aplicada por los Estados miembros conforme al artículo 12, apartado 3, del Tratado por el que se establece el Mecanismo Europeo de Estabilidad, pero se incrementará hasta el 33 % siempre que se verifique en cada caso que la tenencia de un 33 % por código ISIN no llevará a los bancos centrales del Eurosistema a alcanzar minorías de bloqueo en reestructuraciones ordenadas de deuda.».

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 10 de noviembre de 2015.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 5 de noviembre de 2015.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo, de 4 de marzo de 2015, sobre un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (BCE/2015/10) (DO L 121 de 14.5.2015, p. 20).


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