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Documento 32014D0049(01)

Decisión (UE) 2015/286 del Banco Central Europeo, de 27 de noviembre de 2014 , por la que se modifica la Decisión BCE/2010/29 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (BCE/2014/49)

DO L 50 de 21.2.2015, p. 42/43 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Estatuto jurídico del documento Vigente

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/286/oj

21.2.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 50/42


DECISIÓN (UE) 2015/286 DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 27 de noviembre de 2014

por la que se modifica la Decisión BCE/2010/29 sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (BCE/2014/49)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, el su artículo 128, apartado 1,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 16,

Considerando lo siguiente:

(1)

Con arreglo al artículo 1 de la Decisión 2014/509/UE del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la adopción del euro por Lituania el 1 de enero de 2015 (1), de conformidad con el artículo 140, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Lituania cumple las condiciones necesarias para la adopción del euro, y la excepción en su favor a que hace referencia el artículo 4 del Acta de adhesión de 2003 (2) queda derogada con efectos a partir del 1 de enero de 2015.

(2)

El artículo 1, letra d), de la Decisión BCE/2010/29 (3) define la «clave de asignación de billetes» y remite al anexo I de esa decisión, que especifica la clave de asignación de billetes aplicable a partir del 1 de enero de 2014. Dado que Lituania adoptará el euro el 1 de enero de 2015, la Decisión BCE/2010/29 debe modificarse a fin de determinar la clave de asignación de billetes aplicable a partir del 1 de enero de 2015.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Modificación

1.   En el artículo 1 de la Decisión BCE/2010/29, la última frase de la letra d) se sustituirá por el texto siguiente:

«En el anexo I de la presente Decisión se especifica la clave de asignación de billetes a partir del 1 de enero de 2015.»

2.   El anexo I de la Decisión BCE/2010/29 se sustituirá por el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2015.

Hecho en Fráncfort del Meno, el 27 de noviembre de 2014.

El Presidente del BCE

Mario DRAGHI


(1)  DO L 228 de 31.7.2014, p. 29.

(2)  Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca, y a las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión (DO L 236 de 23.9.2003, p. 33).

(3)  Decisión BCE/2010/29, de 13 de diciembre de 2010, sobre la emisión de billetes de banco denominados en euros (DO L 35 de 9.2.2011, p. 26).


ANEXO

«ANEXO I

CLAVE DE ASIGNACIÓN DE BILLETES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2015

(%)

Banco Central Europeo

8,000

Nationale Bank van België/Banque Nationale de Belgique

3,2385

Deutsche Bundesbank

23,5220

Eesti Pank

0,2520 %

Banc Ceannais na hÉireann/Central Bank of Ireland

1,5170

Bank of Greece

2,6575

Banco de España

11,5550

Banque de France

18,5320

Banca d'Italia

16,0900

Central Bank of Cyprus

0,1975

Latvijas Banka

0,3685

Lietuvos bankas

0,5400

Banque centrale du Luxembourg

0,2655

Bank Ċentrali ta' Malta/Central Bank of Malta

0,0850

De Nederlandsche Bank

5,2325

Oesterreichische Nationalbank

2,5655

Banco de Portugal

2,2785

Banka Slovenije

0,4515

Národná banka Slovenska

1,0095

Suomen Pankki

1,6420

TOTAL

100,0000»


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